¿Qué poner en nacionalidad?

Declaratoria de Nacionalidad Mexicana: Tu Guía Esencial

18/02/2021

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La nacionalidad es un vínculo jurídico y afectivo que nos une a un país, y para millones de mexicanos, este lazo es inquebrantable. Sin embargo, la globalización y la movilidad internacional han llevado a que muchas personas adquieran más de una nacionalidad. Si usted es mexicano por nacimiento y en algún momento obtuvo otra nacionalidad, es fundamental entender cómo esto impacta su estatus en México. Aquí es donde entra en juego la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana, un documento crucial que ratifica su derecho a seguir siendo mexicano, especialmente si esa otra nacionalidad fue adquirida antes de una fecha clave en la legislación de nuestro país.

¿Cuál es la diferencia entre nacionalidad y naturalización?
La naturalización es la adopción de una nueva nacionalidad; algunas personas pueden cambiar de nacionalidad o tener doble o triple nacionalidad. Según la ONU, la nacionalidad es un derecho humano fundamental y nadie puede ser privado arbitrariamente de ella.

Este artículo le brindará una guía exhaustiva sobre qué es la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana, quiénes deben tramitarla, los requisitos detallados y el proceso a seguir, asegurando que su camino hacia la reafirmación de su identidad mexicana sea claro y sencillo.

Índice de Contenido

¿Qué es la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana?

La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento es un documento expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, las oficinas consulares en el extranjero y las oficinas de pasaportes en territorio nacional. Su propósito principal es reiterar la no privación de la nacionalidad mexicana para aquellas personas que, habiendo nacido en territorio nacional, obtuvieron o hicieron uso de otra nacionalidad antes del 20 de marzo de 1998.

Antes de esta fecha, la legislación mexicana era más restrictiva en cuanto a la doble nacionalidad. Sin embargo, con la reforma al Artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció el principio de no privación de la nacionalidad mexicana por nacimiento, incluso si se adquiría otra. La Declaratoria es, por tanto, un testimonio oficial de que usted conserva su nacionalidad mexicana, a pesar de haber adquirido otra bajo el marco legal anterior.

¿Quién Necesita la Declaratoria y Quién No?

Entender si usted requiere este trámite es el primer paso. La necesidad de la Declaratoria depende directamente de la fecha en que usted adquirió o hizo uso de una nacionalidad distinta a la mexicana.

Mexicanos por Nacimiento que Adquirieron Otra Nacionalidad Antes del 20 de Marzo de 1998

Si usted nació en México y, siendo mayor de edad, obtuvo o utilizó otra nacionalidad antes del 20 de marzo de 1998, entonces sí necesita solicitar la expedición de la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento. Este documento es su medio para acogerse al beneficio de la no privación de la nacionalidad mexicana que la ley actual permite. Sin esta Declaratoria, su estatus podría ser ambiguo o requerir clarificación en futuros trámites.

Mexicanos por Nacimiento que Adquirieron Otra Nacionalidad Después del 20 de Marzo de 1998

¡Buenas noticias para este grupo! Si usted adquirió otra nacionalidad después de la fecha antes mencionada (20 de marzo de 1998), no necesita realizar este trámite. La razón es que, según la legislación vigente, los mexicanos por nacimiento conservan la nacionalidad mexicana de manera automática, incluso si adquieren otra. Esto significa que su vínculo con México permanece intacto por ley, sin necesidad de un documento adicional que lo ratifique.

Para una mejor comprensión, la siguiente tabla comparativa resume los escenarios:

CaracterísticaAdquirió Otra Nacionalidad ANTES del 20 de Marzo de 1998Adquirió Otra Nacionalidad DESPUÉS del 20 de Marzo de 1998
¿Necesita la Declaratoria?Sí, para acogerse al beneficio de la no privación.No, la conserva automáticamente.
Conservación de NacionalidadRequiere trámite para reafirmarla.Es automática por ley.
Propósito de la DeclaratoriaReiterar su condición de mexicano por nacimiento.No aplica, ya que siempre la mantuvo.

La Importancia de Recordar Fechas

Es vital que tenga presente las fechas exactas en que adquirió nacionalidades distintas a la mexicana. Este dato puede ser solicitado en cualquier trámite mexicano que esté realizando, desde la expedición de un pasaporte hasta la realización de gestiones migratorias o civiles. Mantener esta información clara le evitará demoras y complicaciones innecesarias.

Requisitos y Procedimiento: Un Camino Claro

El proceso para obtener la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana se divide en dos fases principales: una evaluación preliminar y una cita presencial. A continuación, se detallan los requisitos para cada una:

Paso 1: Evaluación Preliminar por Correo Electrónico

Antes de acudir en persona, se recomienda enviar los siguientes documentos por correo electrónico para una revisión inicial. Esto asegura que su expediente esté completo y listo para la siguiente etapa.

  1. Solicitud DNN-2: Este formato es fundamental. Debe llenarse cuidadosamente, ya sea a máquina o a mano con tinta negra y letra de molde legible. Asegúrese de que todos los campos requeridos estén completos y que la información sea precisa, ya que cualquier error podría retrasar su trámite.
  2. Copia Certificada del Acta de Nacimiento:
    • Si nació en territorio nacional, deberá presentar una copia certificada de su acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. También es válida una impresa directamente desde el sitio de internet oficial: www.gob.mx/ActaNacimiento/.
    • Si nació en el extranjero, deberá exhibir una copia certificada de su acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior. Otra opción es una copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera.
    • Casos de Registro Extemporáneo: Si el registro de su nacimiento o el de sus padres fue extemporáneo (es decir, fuera del plazo legal establecido en ese momento), deberá presentar uno de los siguientes documentos adicionales para probar su nacionalidad mexicana de origen:
      • Copia certificada del acta de matrimonio de los padres, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si se casaron en territorio nacional y antes de su nacimiento.
      • Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor, expedida por la oficina del registro civil mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.
      • Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano, expedida por la oficina del registro civil mexicano, siempre y cuando su registro haya sido durante el primer año de edad.
      • Constancia expedida por la autoridad migratoria, que acredite la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha de su nacimiento.
      • Cotejo notarial de la partida religiosa (como una fe de bautismo), si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.
  3. Identificación Oficial Vigente con Fotografía: Es indispensable presentar un documento que acredite su identidad actual. Las opciones incluyen, entre otras, la credencial de elector (INE), la cédula profesional, la cartilla del servicio militar nacional, el pasaporte mexicano, el certificado de matrícula consular o la cédula de identidad ciudadana. También se acepta alguna identificación oficial expedida por la autoridad del país que también lo reconozca como su nacional.
  4. Documento Oficial que Acredite Otra Nacionalidad (Expedido Antes del 20 de Marzo de 1998): Este es un requisito clave para demostrar que usted se encuentra en el supuesto que amerita la Declaratoria. Debe ser un documento oficial con el que otro estado lo reconozca como su nacional, y que haya sido expedido antes del 20 de marzo de 1998. Es crucial que este documento esté debidamente apostillado por la autoridad competente del país emisor, o en su caso, legalizado por el representante diplomático o consular mexicano del lugar de su expedición. Adicionalmente, se requiere su traducción al español, realizada por un perito traductor autorizado por el poder judicial de cualquier entidad federativa del territorio nacional, o por un traductor oficial en Austria, Eslovenia y Eslovaquia. Tenga en cuenta una excepción importante: si presenta un pasaporte austriaco, esloveno o eslovaco expedido antes del 20 de marzo de 1998, su apostilla y traducción NO son necesarios, simplificando significativamente este paso para los ciudadanos de estos países.
  5. Dos Fotografías a Color Tamaño Pasaporte: Las fotografías deben ser de 4.5 x 3.5 cms., con fondo blanco, de frente, sin anteojos, con la cabeza descubierta, recientes y tomadas con una anterioridad no mayor de treinta días.

Paso 2: La Cita Presencial

Una vez que su documentación ha sido revisada y aprobada vía correo electrónico, se acordará una cita en la Sección Consular de la Embajada de México. Durante esta cita, usted deberá presentar invariablemente todos los documentos mencionados en ORIGINAL y una fotocopia simple de cada uno. En esta misma cita, se le tomarán sus datos personales y datos biométricos, que incluyen una nueva fotografía, su firma y sus huellas digitales. Deberá estar preparado para permanecer en el consulado aproximadamente 50 minutos.

El plazo máximo de atención o resolución para este trámite es de cinco días hábiles, lo que indica una eficiencia considerable una vez que toda la documentación está en orden. Si el trámite es procedente, se le indicará que realice el pago de derechos correspondiente durante su cita.

Consideraciones Cruciales para su Cita

Para asegurar que su visita sea lo más fluida posible, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones y políticas del consulado:

  • Puntualidad: Si no puede llegar a su cita puntualmente, es fundamental que solicite la reprogramación de la misma con antelación.
  • Comportamiento en la Sede: El personal del Consulado está trabajando para usted. Se solicita mantener silencio o un tono de voz bajo, apagar o silenciar su teléfono celular y no utilizarlo durante su visita para no interrumpir el ambiente.
  • Objetos Personales: Por seguridad, se recomienda evitar el ingreso con bolsas, bultos o mochilas grandes.
  • Derecho de Admisión: La Sección Consular puede reservarse el derecho de admisión a las instalaciones si las personas muestran síntomas de enfermedad o si se atenta contra la calma y seguridad de quienes se encuentran en ella. Estas medidas buscan proteger a todos los presentes y garantizar un servicio eficiente.

Costos y Formas de Pago

El pago de derechos por la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana se rige por la Ley Federal de Derechos. La tarifa está fijada en dólares estadounidenses ($23.00 USD). El día primero de cada mes, esta cuota se convierte a euros al tipo de cambio determinado por Bank Austria. El pago deberá ser efectuado en euros, de acuerdo con la tarifa mensual vigente. Se aceptan pagos con tarjetas bancarias Visa, Maestro o MasterCard, lo que facilita el proceso. Puede consultar la cuota mensual actualizada en el sitio web de la embajada o consulado correspondiente.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Para qué sirve la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana?

Sirve para que las personas mexicanas por nacimiento que adquirieron u ocuparon otra nacionalidad antes del 20 de marzo de 1998, puedan acogerse al beneficio de la no privación de la nacionalidad mexicana, es decir, para reafirmar que siguen siendo mexicanos a pesar de tener otra nacionalidad.

¿Perdí mi nacionalidad mexicana si adquirí otra antes de 1998?

No necesariamente. La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana es precisamente el documento que le permite reafirmar su nacionalidad mexicana y acogerse al beneficio de la no privación que establece la ley actual, a pesar de haber adquirido otra nacionalidad antes de esa fecha.

¿Necesito la Declaratoria si obtuve otra nacionalidad después de 1998?

No. Si usted adquirió otra nacionalidad después del 20 de marzo de 1998, conserva la nacionalidad mexicana de manera automática y no requiere tramitar la Declaratoria.

¿Qué documentos son esenciales para el trámite?

Los documentos esenciales incluyen la Solicitud DNN-2, su acta de nacimiento certificada, una identificación oficial vigente, el documento que acredite su otra nacionalidad (expedido antes del 20 de marzo de 1998, apostillado/legalizado y traducido si aplica) y dos fotografías recientes.

¿Es necesario apostillar y traducir mi documento de otra nacionalidad?

Sí, generalmente es necesario apostillar (o legalizar) y traducir el documento al español por un perito traductor. Sin embargo, hay una excepción importante: si presenta un pasaporte austriaco, esloveno o eslovaco expedido antes del 20 de marzo de 1998, no es necesario apostillarlo ni traducirlo.

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener la Declaratoria?

El plazo máximo de atención o resolución del trámite es de cinco días hábiles, una vez que toda la documentación ha sido presentada correctamente en la cita presencial.

¿Cuál es el costo y cómo se paga?

El costo es de $23.00 USD, convertido a euros según el tipo de cambio mensual establecido por Bank Austria. El pago se realiza en euros durante su cita y se aceptan tarjetas bancarias Visa, Maestro o MasterCard.

La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana es un trámite esencial para muchos mexicanos que residen en el extranjero o que, por diversas circunstancias, obtuvieron otra nacionalidad hace años. Este documento no solo clarifica su estatus legal, sino que también reafirma su invaluable vínculo con México. Si tiene dudas adicionales sobre este trámite, no dude en contactar a la autoridad consular correspondiente, quienes con gusto le brindarán la orientación que requiera para asegurar que su proceso sea exitoso y sin contratiempos.

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