¿Cómo obtener la naturalización colombiana?

Carta de Naturalización Colombiana: Guía Completa

17/06/2022

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La búsqueda de una nueva patria es un viaje significativo, y para muchos extranjeros, Colombia se presenta como un destino lleno de oportunidades y calidez. Obtener la nacionalidad colombiana es un paso trascendental que no solo otorga derechos y deberes, sino que también significa una profunda integración en la sociedad. Este proceso, conocido como carta de naturalización o por adopción, es una vía formal y regulada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Sin embargo, es fundamental entender que existen diversas rutas para adquirir la nacionalidad, incluyendo la nacionalidad por nacimiento, cada una con sus propios requisitos y procedimientos específicos. Acompáñanos en esta guía exhaustiva para desentrañar los detalles de cómo convertirse en ciudadano colombiano.

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5. - La ciudadanía italiana podrá ser concedida al extranjero cuyo padre o madre o uno de los ascendientes en línea recta de segundo grado sea o haya sido ciudadano por nacimiento, si reside legalmente en Italia por al menos 2 años (Art. 9 L. 91/1992).

Requisitos Generales para la Carta de Naturalización por Adopción

La carta de naturalización, o nacionalidad colombiana por adopción, es el camino principal para aquellos extranjeros que desean formalizar su vínculo con el país. Este proceso está dirigido a individuos que han establecido una residencia significativa en Colombia y desean adoptar la nacionalidad por voluntad propia, cumpliendo con una serie de criterios rigurosos.

El primer y más crucial requisito es el tiempo de permanencia. Los extranjeros deben haber residido en Colombia de manera continua por un período de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de su Visa de Residente, ya sea en calidad de titular o beneficiario. Esta permanencia ininterrumpida demuestra un compromiso sólido con el territorio y sus costumbres.

No obstante, la ley colombiana contempla situaciones especiales que permiten una reducción considerable en este tiempo de permanencia. El periodo se acorta a tan solo dos (2) años si el solicitante cumple con alguna de las siguientes condiciones:

  • Estar casado o tener una unión marital de hecho (compañero/a permanente) con un ciudadano o ciudadana colombiana. Esta condición busca facilitar la integración de parejas binacionales.
  • Tener hijos nacidos en Colombia que posean la nacionalidad colombiana. La existencia de descendencia colombiana es un fuerte lazo con el país.
  • Ser nacional español. Existe un convenio de reciprocidad entre Colombia y España que beneficia a los ciudadanos de ambos países en sus procesos de naturalización.

Para acreditar estas condiciones especiales, es indispensable aportar la documentación idónea que las valide. Por ejemplo, para el matrimonio o unión permanente, se requerirá el Registro Civil de Matrimonio o una Escritura Pública que certifique la unión. En el caso de tener hijos colombianos, el registro civil de nacimiento del menor colombiano será el documento clave. Si la reducción de tiempo se debe a la nacionalidad española, se deberá presentar el registro civil de nacimiento español.

Además del tiempo de permanencia, los solicitantes deben reunir una serie de documentos fundamentales para su expediente:

  1. Copia de la Visa de Residente: Debe ser la visa vigente y en calidad de titular o beneficiario, que respalde el tiempo de permanencia requerido.
  2. Memorial, Carta u Oficio de Solicitud: Dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, este documento es la manifestación formal de su deseo de adquirir la nacionalidad colombiana. Debe incluir:
    • Nombre completo, número de cédula de extranjería, ocupación actual y nacionalidad de origen del peticionario.
    • Ciudad de domicilio y dirección de residencia en Colombia, junto con información de contacto (teléfono fijo, celular y correo electrónico).
    • Una declaración expresa de su voluntad de ser notificado por medios electrónicos, lo cual agiliza el proceso.
    • Autorización explícita para que el Ministerio de Relaciones Exteriores pueda solicitar información confidencial, tributaria o cualquier otra información pertinente a las autoridades competentes, garantizando la transparencia del proceso.
    • Las razones o motivaciones claras que fundamentan su petición de adquirir la nacionalidad.
    • La firma autógrafa del extranjero solicitante.
  3. Copia de la Cédula de Extranjería: Este documento de identificación debe estar vigente al momento de la solicitud.
  4. Copia de la Página de Datos Biográficos del Pasaporte Vigente: Es crucial que esta copia sea legible. Si el pasaporte está en un idioma diferente al castellano, se debe adjuntar una traducción oficial realizada por un traductor avalado.
  5. Registro Civil de Nacimiento: Este documento es vital para acreditar de forma idónea el lugar exacto y la fecha de nacimiento del extranjero. Al igual que el pasaporte, si el registro está en un idioma diferente al castellano, debe ser aportado con su respectiva traducción oficial. Además, es un requisito indispensable que esté debidamente apostillado o legalizado por la autoridad competente en el país de origen, asegurando su validez internacional.
  6. Acreditación de Actividad Laboral, Profesión u Oficio: Demostrar que se cuenta con medios de subsistencia en Colombia es un pilar del proceso. Esto se puede hacer con alguno de los siguientes documentos:
    • Un certificado laboral de la empresa donde trabaja, con una expedición no mayor a seis (6) meses, que indique su cargo, tipo de contrato y salario.
    • Copia del Registro Único Tributario (RUT), si es trabajador independiente o tiene alguna actividad económica registrada.
    • Si es socio o propietario de un establecimiento comercial, deberá allegar el certificado de la Cámara de Comercio con una expedición no mayor a seis (6) meses, donde conste el objeto social de la entidad y su Número de Identificación Tributaria (NIT).
    • En caso de que el solicitante dependa económicamente de otra persona (familiar, cónyuge o compañero permanente), deberá presentar una declaración suscrita por esta persona, donde conste la dependencia económica. Adicionalmente, se debe adjuntar alguno de los documentos mencionados en los numerales 6.1, 6.2 o 6.3, pero correspondiente a la persona que se hace responsable del solicitante.
  7. Una (1) Foto Tipo Documento: La foto debe ser actual, de rostro, de frente, con fondo blanco y tamaño 4x5 cm, en formato JPG.
  8. Documentación Adicional (si aplica):
    • Si el extranjero pertenece a una comunidad indígena, deberá presentar un documento idóneo expedido por la autoridad competente de su comunidad de origen.
    • Si el extranjero tiene una discapacidad cognitiva, deberá aportar un certificado que acredite tal condición, expedido por un profesional competente.
    • Si el solicitante ha finalizado estudios de bachillerato, pregrado, posgrado, maestría o doctorado en Colombia, podrá aportar el acta o diploma de grado para que sea validado por el Ministerio. Es crucial que este documento sea aportado junto con la solicitud inicial, ya que si se presenta posteriormente, no será tenido en cuenta.

Es importante destacar que, si el solicitante no puede acreditar alguno de los requisitos señalados, deberá presentar un oficio dirigido al Ministro de Relaciones Exteriores, debidamente motivado, en el que se expongan las razones por las cuales le fue imposible el cumplimiento de dicho requisito. Esto permite una evaluación flexible en casos excepcionales, aunque la aprobación final dependerá de la discreción del Ministerio.

Extensión de la Solicitud para Menores de Edad

Una ventaja significativa en el proceso de naturalización colombiana es la posibilidad de extender la solicitud a los hijos menores de edad del peticionario, siempre y cuando cumplan con ciertos criterios. Si el extranjero interesado en adquirir la Nacionalidad Colombiana por Adopción tiene hijos menores de edad bajo su patria potestad, domiciliados en Colombia y con visa de residente en calidad de beneficiarios, puede solicitar que su propia solicitud sea extensiva a ellos. Esto simplifica el proceso para las familias y asegura que los menores también puedan integrarse plenamente.

Para solicitar esta extensión, se deben aportar los siguientes documentos por cada menor:

  1. Copia de la Visa de Residente del Menor: Debe estar en calidad de Beneficiario, lo que demuestra su permanencia legal en el país.
  2. Solicitud de Extensión: Una carta, oficio o memorial dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, en la cual se requiera que la solicitud de Nacionalidad Colombiana por Adopción presentada por el padre, madre o representante legal sea extensiva al menor de edad. Esta solicitud debe estar firmada por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad. En este último caso, se debe aportar la sentencia judicial emitida por el Estado de origen que acredite dicha circunstancia.
  3. Copia del Registro Civil de Nacimiento del Menor: Al igual que el del adulto, este documento debe estar debidamente apostillado o legalizado en el país de origen. Si no está en idioma español, es obligatoria la presentación de la correspondiente traducción oficial.
  4. Copia de los Documentos de Identificación de los Padres o Representante Legal: Esto incluye las cédulas de ciudadanía colombianas o cédulas de extranjería, según sea el caso.
  5. Pasaporte del Menor de Edad: Si el pasaporte del menor está en un idioma diferente al castellano, deberá aportarse con su traducción oficial, al igual que el pasaporte del adulto solicitante.

Nacionalidad Colombiana por Nacimiento (Diferente a Naturalización)

Es crucial diferenciar la nacionalidad por adopción (naturalización) de la nacionalidad por nacimiento, ya que los requisitos y el proceso son distintos. La nacionalidad colombiana por nacimiento se adquiere de forma automática en ciertos casos, sin necesidad de un proceso de naturalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Tienen derecho a la nacionalidad colombiana por nacimiento:

  • Las personas nacidas en Colombia, que sean hijos de padre o madre colombianos.
  • Las personas nacidas en Colombia, que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviere domiciliado en Colombia en el momento del nacimiento. El concepto de 'domicilio' es clave aquí y se refiere a la intención de residencia permanente, generalmente evidenciada por un tipo de visa específico.
  • Los hijos de padre o madre colombianos que hubieran nacido en el extranjero y que, posteriormente, se domiciliaron en Colombia o fueron registrados en una oficina consular de este país en el extranjero.

El trámite para obtener la nacionalidad colombiana por nacimiento se debe solicitar directamente ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, y no ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Casos Especiales: Hijos de Venezolanos Nacidos en Colombia (“Primero la Niñez”)

Colombia ha demostrado un compromiso humanitario con la población migrante, especialmente con los niños. Un ejemplo claro es la campaña “Primero la Niñez”, impulsada por el Gobierno de Colombia, que flexibilizó los requisitos para que los niños y niñas de padres venezolanos, nacidos en territorio colombiano entre el 1 de enero de 2015 y el 16 de septiembre de 2021, pudieran adquirir la nacionalidad colombiana. Esta medida excepcional buscó evitar la apatridia y garantizar los derechos fundamentales de estos menores. Para mayor información detallada sobre esta campaña, se recomienda consultar las plataformas oficiales de Migración Colombia.

Es importante aclarar una duda frecuente: si mi hija/hijo es nacional colombiana, ¿puedo pedir automáticamente la nacionalidad colombiana? La respuesta es no. Tener un hijo o hija de nacionalidad colombiana no otorga automáticamente la nacionalidad a sus padres. Sin embargo, tener un hijo colombiano sí puede ser un factor que facilite la obtención de ciertos tipos de visa, como la visa de Residente (visa R), para el padre o madre extranjero, si cumple con los requisitos específicos para dicha visa.

Nacionalidad por Nacimiento para Hijos de Padres Colombianos Nacidos en el Extranjero (Caso Venezuela)

Para las personas nacidas en Venezuela de padre y/o madre colombianos, existen procedimientos especiales para el reconocimiento de su nacionalidad colombiana por nacimiento, lo que les permite obtener su registro civil y documentos de identidad colombianos.

¿Cómo obtener una carta de nacionalización chilena?
¿Dónde puedo solicitar la carta de Nacionalización? Esta solicitud se realiza en el Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, ingresando con ClaveÚnica o con tu cuenta del Portal, cumpliendo con la totalidad de los requisitos.

Para la expedición del registro civil de niños y niñas menores de 7 años nacidos en Venezuela con uno o ambos padres colombianos, se requieren los siguientes documentos y pasos:

  1. Registro Civil de Nacimiento del País de Origen: El certificado de nacido vivo venezolano puede ser presentado sin necesidad de apostilla.
  2. Informar Grupo Sanguíneo: Se debe informar el grupo sanguíneo y el factor RH de la persona que será registrada.
  3. Identificación del Padre o Madre Venezolano: El padre o madre venezolano deberá identificarse preferiblemente con pasaporte. En caso de no poseer pasaporte, se puede presentar con el documento de identificación venezolano.
  4. Declarante Colombiano: Un (1) declarante (que puede ser el padre o madre colombiano, otros ascendientes, parientes próximos, entre otros) debe presentar el original y copia de su tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía colombiana.
  5. Testigos Colombianos (si aplica): En caso de que el registro civil de nacimiento venezolano no se presente apostillado, el declarante deberá presentarse con dos (2) testigos colombianos. Estos testigos deben presentar su cédula de ciudadanía original y fotocopia, y deben haber presenciado el hecho del nacimiento o haber tenido noticia directa y fidedigna de él.
  6. Diligenciar Formatos: Se debe diligenciar en la Registraduría el formato de declarante y el formato de declaración de cada uno de los testigos.

Este trámite es accesible y se puede realizar ante cualquier Registraduría Municipal en Colombia.

Para las personas mayores de 18 años nacidas en Venezuela de padre o madre colombianos, que buscan solicitar su inscripción extemporánea en el registro civil colombiano, deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Diligenciar Formatos: Se deben diligenciar en la Registraduría el formato de declarante y el formato correspondiente a cada uno de los testigos.
  2. Una (1) Foto Tamaño Cédula: Una fotografía reciente, tipo cédula.
  3. Informar Grupo Sanguíneo: Al igual que con los menores, se debe informar el grupo sanguíneo y factor RH de la persona a registrar.

Posteriormente a la inscripción, se procede con el proceso de expedición de la tarjeta de identidad (para mayores de 7 y menores de 18 años) o la cédula de ciudadanía (para mayores de 18 años). Esto permite que estas personas obtengan su Registro Civil de Nacimiento colombiano y su documento de identidad. Este trámite se puede realizar ante Registradurías Especiales; en el caso de otras registradurías, estas adelantan el trámite por correo.

Registro de Hijos de Extranjeros Nacidos en Territorio Colombiano

Para el registro de hijos o hijas de extranjeros nacidos en territorio colombiano, y que cumplen con el requisito constitucional del domicilio de al menos uno de sus padres al momento del nacimiento, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Certificado de Nacido Vivo: Este es el documento primordial para certificar el nacimiento. A falta de este, se debe presentar una declaración juramentada de dos testigos mayores de edad y de nacionalidad colombiana, quienes puedan dar fe del nacimiento.
  2. Informar Grupo Sanguíneo: Se debe indicar el grupo sanguíneo y factor RH de la persona que será registrada.

Este trámite puede realizarse en cualquier Registraduría municipal o Notaría. Es fundamental que la Registraduría verifique el tipo de visa o permiso que posee el padre o madre al momento del nacimiento. Esta verificación es crucial para corroborar el requisito constitucional del domicilio, lo que genera seguridad jurídica sobre la titularidad de la nacionalidad colombiana por nacimiento del inscrito.

Tabla Comparativa: Tiempos de Permanencia Requeridos para Naturalización

Para facilitar la comprensión de los tiempos de residencia necesarios para la naturalización por adopción, presentamos la siguiente tabla comparativa:

Condición del SolicitanteTiempo de Permanencia RequeridoDocumentación Acreditativa (Ejemplos)
Extranjero en general (Visa de Residente)5 años continuosCopia de Visa de Residente
Casado/a o con compañero/a permanente colombiano/a2 años continuosRegistro Civil de Matrimonio o Escritura Pública de Unión Marital de Hecho
Con hijos colombianos2 años continuosRegistro Civil de Nacimiento del menor colombiano
Nacional español2 años continuosRegistro Civil de Nacimiento español

Preguntas Frecuentes (FAQ)

A continuación, resolvemos algunas de las preguntas más comunes sobre la nacionalidad colombiana:

¿Qué es la Carta de Naturalización en Colombia?
Es el documento oficial que otorga la nacionalidad colombiana por adopción a un extranjero que cumple con los requisitos de residencia, comportamiento y documentación exigidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, manifestando su voluntad de ser ciudadano colombiano.

¿Tener un hijo colombiano me otorga automáticamente la nacionalidad?
No, tener un hijo colombiano no confiere automáticamente la nacionalidad a los padres. Sin embargo, puede reducir el tiempo de permanencia requerido para solicitar la naturalización (de 5 a 2 años) y facilitar la obtención de una visa de Residente para los padres.

¿Dónde se tramita la naturalización por adopción?
El proceso de naturalización por adopción se tramita ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Los procesos de nacionalidad por nacimiento se realizan en la Registraduría Nacional del Estado Civil o Notarías.

¿Es obligatorio apostillar mi acta de nacimiento extranjera?
Sí, si su Registro Civil de Nacimiento es extranjero, debe estar debidamente apostillado o legalizado por la autoridad competente de su país de origen. Además, si el documento no está en español, debe adjuntarse con una traducción oficial al castellano.

¿Qué debo hacer si no puedo cumplir con alguno de los requisitos?
Si le es imposible cumplir con alguno de los requisitos, debe presentar un oficio debidamente motivado, dirigido al Ministro de Relaciones Exteriores, explicando las razones de su imposibilidad. La aceptación de esta justificación queda a discreción del Ministerio.

¿La campaña “Primero la Niñez” sigue vigente?
La campaña “Primero la Niñez” fue una medida excepcional para niños venezolanos nacidos en Colombia entre el 1 de enero de 2015 y el 16 de septiembre de 2021. Para casos fuera de este periodo, aplican las normas generales de nacionalidad por nacimiento.

Adquirir la nacionalidad colombiana, ya sea por naturalización o por nacimiento, es un proceso que requiere diligencia, paciencia y el cumplimiento estricto de la normativa vigente. Colombia, con su rica cultura y gente acogedora, abre sus puertas a aquellos que desean establecer un lazo permanente con esta nación. Esperamos que esta guía detallada le haya proporcionado la claridad necesaria para emprender este importante camino. Recuerde que cada caso es único y la preparación adecuada de la documentación es clave para el éxito de su solicitud.

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