¿Cuál es la carta de naturalización para el SAT si soy mexicano?

Carta de Naturalización Mexicana: Tu Copia Certificada

12/08/2025

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¿Qué es la Carta de Naturalización?

La nacionalidad mexicana por naturalización, se obtiene al recibir el extranjero la Carta de Naturalización, después de seguir un procedimiento y de cumplir ciertos requisitos, como permanecer de forma legal en el país por un determinado tiempo y/o por adquirir un vínculo familiar.

De conformidad con lo señalado por el artículo 30, inciso B) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los mexicanos por naturalización son los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones Exteriores la Carta de Naturalización y que cumplan con los requisitos que señala la Ley de Nacionalidad.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización. […]

[…]

B) Son mexicanos por naturalización:

I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización.

Al respecto, los artículos 19 y 20 la Ley de Nacionalidad, así como los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad, establecen requisitos de forma y fondo para obtener la Carta de Naturalización:

LEY DE NACIONALIDAD

CAPÍTULO III

DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN

Artículo 19

Artículo 20

REGLAMENTO DE LA LEY DE NACIONALIDAD

Artículo 16

Artículo 17

Artículo 18

Artículo 19

Artículo 20

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REQUISITOS PARA NATURALIZARME

De la lectura que se haga a los artículos antes transcritos, se desprende que un extranjero puede obtener la Carta de Naturalización cumpliendo con los requisitos que señala el artículo 19 de la Ley de Nacionalidad, en relación con los artículos 16 al 20 de su Reglamento, siempre y cuando se ubique en los supuestos mencionados en el artículo 20 de la misma Ley.

Algunos ejemplos de lo anterior son:

A. Carta de Naturalización por Residencia.

Se trata del extranjero que no está casado con mexicano o mexicana, no tiene hijos mexicanos por nacimiento, no nació en un país Latinoamericano o de la Península Ibérica y/o no es adoptado por mexicano, solo puede obtener la Carta de Naturalización al acreditar su residencia en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante los últimos 5 años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Cartas de NO antecedentes penales estatal y federal;
  • No haber estado fuera de México más de 180 días durante los 2 años anteriores a la solicitud;
  • Acreditar saber español, que conoce la Historia de México y estar integrado a la cultura mexicana;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

Lo anterior, identifica al supuesto general que la Ley de Nacionalidad establece para la obtención de la nacionalidad mexicana por naturalización, por lo que enseguida, los siguientes supuestos se refieren a las salvedades que contempla la misma Ley de Nacionalidad para obtener la Carta de Naturalización.

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B. Salvedades.

1. Carta de Naturalización por haber contraído matrimonio con varón o mujer mexicanos.

Se trata del extranjero que está casado con mexicano o mexicana y pude acreditar su residencia en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante los últimos 2 años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Acta de Matrimonio;
  • Cartas de NO antecedentes penales estatal y federal;
  • No haber estado fuera de México más de 180 días durante los 2 años anteriores a la solicitud;
  • Acreditar saber español, que conoce la Historia de México y estar integrado a la cultura mexicana;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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2. Carta de Naturalización por ser descendiente de un mexicano en línea recta.

Es el extranjero que es descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento, que acredita su residencia en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante los últimos 2 años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Acta de nacimiento del ascendiente mexicano
  • Cartas de NO antecedentes penales estatal y federal;
  • No haber estado fuera de México más de 180 días durante los 2 años anteriores a la solicitud;
  • Acreditar saber español, que conoce la Historia de México y estar integrado a la cultura mexicana;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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3. Carta de Naturalización por tener hijos mexicanos por nacimiento.

Se trata del extranjero que tiene hijos mexicanos y pude acreditar su residencia en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante los últimos 2 años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Acta de nacimiento mexicana del o los hijos del extranjero;
  • Cartas de NO antecedentes penales estatal y federal;
  • No haber estado fuera de México más de 180 días durante los 2 años anteriores a la solicitud;
  • Acreditar saber español, que conoce la Historia de México y estar integrado a la cultura mexicana;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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4. Carta de Naturalización por ser Originario de un País Latinoamericano o de la Península Ibérica.

Se trata del extranjero que nació en un País Latinoamericano o de la Península Ibérica y puede acreditar su residencia en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante los últimos 2 años inmediatos anteriores a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Cartas de NO antecedentes penales estatal y federal;
  • No haber estado fuera de México más de 180 días durante los 2 años anteriores a la solicitud;
  • Acreditar saber español, que conoce la Historia de México y estar integrado a la cultura mexicana;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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5. Carta de Naturalización por ser adoptado por mexicano.

Se trata del extranjero que fue adoptado por mexicanos, que pude acreditar su residencia ininterrumpida en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante el año anterior inmediato a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Documento que acredite la nacionalidad mexicana del adoptante;
  • Documento oficial por el que se acredite que ha quedado firme la adopción;
  • No haber estado fuera de México durante el año anterior a la solicitud;
  • Acreditar saber español;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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6. Carta de Naturalización para menores de edad.

En el caso de menores de edad que desean obtener la Carta de Naturalización, deben acreditar su residencia ininterrumpida en México con la tarjeta de residente temporal o permanente, cuando menos durante el año anterior inmediato a la fecha de su solicitud, además de cumplir con lo siguiente:

  • Pasaporte vigente;
  • Documento migratorio vigente (para demostrar la residencia);
  • Acta de nacimiento legalizada y/o apostillada y en su caso traducida;
  • Documento que acredite la nacionalidad mexicana por naturalización del padre o la madre;
  • No haber estado fuera de México durante el año anterior a la solicitud;
  • Acreditar saber español;
  • Solicitud en formato oficial, fotografías, tener su Clave Única de Registro de Población (CURP), y;
  • Original del comprobante del pago de derechos correspondiente.

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B. Excepciones.

Como se distingue de la lectura que se haga a los requisitos para la obtención la Carta de Naturalización, los extranjeros deben acreditar conocer la Historia de México y estar integrados a la Cultura Mexicana. Sin embargo, los extranjeros considerados por la Secretaría de Gobernación como refugiados, a los menores de edad y a los mayores de sesenta años se les exenta de estos requisitos y solo deben acreditar saber hablar y comprender el idioma español, de conformidad con lo señalado en el Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

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Índice de Contenido

DIFERENCIA ENTRE 6 MESES Y 180 DÍAS

El artículo 21 de la Ley de Nacionalidad, establece que los extranjeros al momento de solicitar la Carta de Naturalización, no deben ausentarse del país por más de 6 meses durante el tiempo de residencia de 5 o 2 años, excepto en los casos de adopción o tratándose de un extranjero menor de edad, en donde el extranjero no debió haber salido del país durante todo el año anterior a la fecha de solicitud.

Así, al tratarse del cómputo de las ausencias de 6 meses, la Secretaría de Relaciones Exteriores, realiza dicho conteo considerando días y no meses.

El desconocimiento de lo anterior se traduce en errores que comete el extranjero al momento de presentar su trámite, al calcular sus ausencias, ya que no es lo mismo 6 meses que 180 días, como se observa en la siguiente tabla:

Como se aprecia del cuadro anterior, durante los primeros 6 meses del 2020, existen 182 días, lo anterior significa que, al presentar la solicitud de Carta de Naturalización, las ausencias deben contarse por días y no por meses, ya que al hacerlo por meses el conteo estaría excedido por 2 días.

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CONSTANCIAS DE ANTECEDENTES NO PENALES ESTATAL Y FEDERAL

Es el documento expedido por una autoridad estatal o federal en donde se hace constar la no existencia de antecedentes penales del extranjero.

La constancia estatal de antecedentes no penales debe solicitarse ante la autoridad donde se encuentra el domicilio del extranjero, que puede ser: la Procuraduría General de Justicia, la Secretaría de Seguridad Pública, el Poder Judicial o cualquiera otra dependencia estatal.

Asimismo, la constancia estatal de antecedentes no penales en algunos Estados de la República Mexicana pude tramitarse por internet, por lo que se recomienda visitar la página del Gobierno del Estado donde se encuentre el domicilio del extranjero.

La constancia federal es un trámite personal y gratuito que se tramita únicamente en la Ciudad de México, ante el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), dependiente de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS).

Los requisitos para la obtención de la constancia de no antecedentes penales federal son los siguientes:

  • Original y copia del documento migratorio vigente;
  • Original y copia del pasaporte vigente del extranjero, y;
  • Original y copia del acta de nacimiento apostillada o legalizada y en su caso traducida.

Cuando las constancias de antecedentes penales locales y federales no señalen una vigencia, estas tendrán una vigencia de 3 meses, contados a partir de su fecha de expedición.

Es importante señalar que por más increíble que parezca, la constancia federal de antecedentes no penales sólo puede tramitarse y obtenerse en la Ciudad de México.

Lo anterior, significa que el extranjero que quiera solicitar la constancia de antecedentes no penales, para cumplir con los requisitos y poder solicitar la Carta de Naturalización, forzosamente debe trasladarse a la Ciudad de México.

Es importante decir que, la constancia federal de antecedentes no penales es un trámite personal, que no acepta representación y solo puede ser solicitada por el extranjero o un familiar directo (padre, cónyuge, hijos) mediante carta poder.

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PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN

El procedimiento para la obtención de la Carta de Naturalización, inicia con la presentación de los requisitos que corresponden a cada uno de los supuestos para la obtención de la nacionalidad mexicana por naturalización, ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Relaciones Exteriores, que entregará 20 fichas al día, conforme los interesados se presenten, a partir de las 09:00 horas de lunes a viernes.

Asimismo, con la aplicación del cuestionario de conocimientos sobre la Historia y Cultura de México, que consta de 10 preguntas, del cual, para obtener una calificación aprobatoria se debe obtener un mínimo de 8 aciertos.

De ser el caso, el examen de comprensión del idioma español constará de una lectura de comprensión y un apartado de redacción, cuya calificación mínima aprobatoria deberá ser de 5 aciertos, de un total de 6 reactivos.

De no aprobar alguno de los cuestionarios, el extranjero tendrá dos oportunidades más en un año calendario, teniendo que esperar un mínimo de diez días hábiles para presentar nuevamente la solicitud de naturalización y la aplicación del cuestionario.

Al cumplir con los requisitos y aprobar los exámenes, la Secretaría de Relaciones Exteriores expedirá un acuse de recepción del trámite, que contiene un usuario y contraseña que sirve para darle seguimiento en línea al trámite.

Es importante señalar que el trámite de obtención de la Carta de Naturalización, siempre es posible presentarlo en las Oficinas Centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la CDMX, sin importar el domicilio del extranjero o en cualquiera de sus Delegaciones Foráneas; sin embargo, al presentarse en cualquiera de las Delegaciones Foráneas, éstas tienen la obligación de enviar el expediente formado a las Oficinas Centrales para su resolución.

La Secretaria de Relaciones Exteriores, dentro del término de 15 días hábiles (3 semanas) solicitará opinión al Instituto Nacional de Migración, respecto de la solicitud de naturalización; y este último, deberá emitir su opinión en el término de 45 días hábiles (aproximadamente 2 meses).

Una vez ocurrido lo anterior, la Secretaría de Relaciones Exteriores, cuenta con un término de 90 días naturales (aproximadamente 3 meses) para resolver el trámite de obtención de la nacionalidad mexicana por naturalización, otorgando al solicitante el documento llamado Carta de Naturalización.

De la lectura que se haga al procedimiento anterior, se distingue que el plazo con el que cuenta la Secretaría de Relaciones Exteriores, para resolver el trámite de obtención de la nacionalidad mexicana por naturalización, es de aproximadamente 6 meses. Lo que no sucede cuando la solicitud se presenta en las Delegaciones Foráneas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ya que estas envían siempre a las Oficinas Centrales en la CDMX el expediente para su resolución.

Nota: Por lo que se refiere al pago de derechos, a partir del día 07 de enero de 2019, deben presentarse en original desde el inicio de solicitud.

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ENTREGA DE LA CARTA DE NATURALIZACIÓN

La entrega de la Carta de Naturalización, se hace solamente al solicitante del trámite, ya que debe formular las renuncias y protesta a que se refiere el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Nacionalidad:

Artículo 17.- […] formularán renuncia expresa a la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, especialmente de aquél que le atribuya la otra nacionalidad, a toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas, y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los extranjeros. Asimismo, protestarán adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas y se abstendrán de realizar cualquier conducta que implique sumisión a un Estado extranjero.

De igual forma, al momento de recoger la Carta de Naturalización el extranjero debe hacer entrega del original de su documento migratorio, Tarjeta de Residente Temporal o Residente Permanente, para que la Secretaría de Relaciones Exteriores proceda a su cancelación y baja del Registro Nacional de Extranjeros.

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DERECHOS POR LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN.

El costo de derechos por la obtención de la nacionalidad mexicana por naturalización se encuentra señalado en la Ley Federal de Derechos y para 2021 es:

ConceptoCantidad
Obtención de la carta de naturalización mexicana por matrimonio o en ejercicio de la patria potestad.$1,970.00
Obtención de la carta de naturalización mexicana por: 
A) Residencia, 
B) Ser descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento, 
C) Tener hijos mexicanos por nacimiento, y 
D) Ser originario de un país latinoamericano o de la Península Ibérica.
$5,595.00

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En el camino de la vida, la documentación oficial es la llave que abre puertas y valida nuestra identidad en cualquier rincón del mundo. Para aquellos que han abrazado la nacionalidad mexicana a través del proceso de naturalización, poseer la carta de naturalización es un hito significativo. Sin embargo, en ocasiones surge la necesidad de obtener una copia certificada de este documento tan esencial. Este artículo está diseñado para guiarle a través de cada paso de este proceso, asegurando que tenga toda la información necesaria para obtener su copia certificada de manera eficiente y sin contratiempos.

¿Cuál es el documento que acredite la nacionalidad mexicana por naturalización?
El documento que acredita la nacionalidad mexicana por naturalización es la carta de naturalización. Este documento es emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y certifica que una persona extranjera ha cumplido con los requisitos legales para obtener la nacionalidad mexicana. Además de la carta de naturalización, otros documentos que pueden acreditar la nacionalidad mexicana por naturalización son el pasaporte mexicano y la cédula de identidad ciudadana. Detalles: Carta de Naturalización: Es el documento principal que prueba la nacionalidad mexicana por naturalización. Pasaporte Mexicano: También puede utilizarse para demostrar la nacionalidad mexicana, tanto por nacimiento como por naturalización, según el Consulado de México. Cédula de Identidad Ciudadana: Otro documento oficial que acredita la nacionalidad mexicana por cualquier vía, incluyendo la naturalización. Acta de Nacimiento: Si se trata de un acta de nacimiento emitida por el registro civil mexicano, también puede servir para demostrar la nacionalidad mexicana, aunque en el caso de la naturalización, es más común utilizar la carta de naturalización.

¿Qué es una Carta de Naturalización Mexicana?

Una carta de naturalización es el documento oficial expedido por el gobierno de México que acredita que una persona extranjera ha adquirido la nacionalidad mexicana. Este proceso implica el cumplimiento de una serie de requisitos legales y el compromiso de adhesión a las leyes y cultura del país. Es la prueba fehaciente de que un individuo, que originalmente no nació mexicano, ha sido reconocido legalmente como ciudadano de México, otorgándole todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha nacionalidad. Es, en esencia, el acta de nacimiento de su nueva identidad nacional.

La Importancia de la Copia Certificada de su Carta de Naturalización

Aunque la carta de naturalización original es un documento invaluable, existen múltiples situaciones en las que se requiere una copia certificada. Desde trámites legales, administrativos, hasta procedimientos de identificación o migratorios en otros países, una copia certificada garantiza la validez y autenticidad del documento original. No es simplemente una fotocopia; es un duplicado que lleva el sello y la firma de la autoridad competente, confirmando que es una reproducción fiel y legalmente reconocida del original.

La posesión de una copia certificada le brinda la tranquilidad de que, ante cualquier eventualidad o requerimiento, dispondrá de un documento oficial que respalda su nacionalidad mexicana. Es una medida de previsión y seguridad, ya que el documento original es de valor incalculable y su pérdida o deterioro podría generar complicaciones. Por ello, es crucial conocer el procedimiento para obtener esta copia.

¿Qué es la Copia Certificada de Actas de Nacionalidad Mexicana por Naturalización?

Este trámite específico se refiere a la obtención de una copia certificada de su carta de naturalización mexicana. Es un documento expedido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Es fundamental entender que, si bien usted puede iniciar el proceso en una Embajada o Consulado de México en el extranjero, la autoridad final que emite y certifica este documento es la DGAJ en la Ciudad de México. La sección consular de la Embajada o el Consulado actúan meramente como un punto de recepción de su solicitud y documentos, un canal de comunicación con la DGAJ, y el punto de entrega de la copia certificada una vez que ha sido expedida.

¿A Quién Está Dirigido Este Trámite?

Este servicio está específicamente diseñado para aquellas personas mexicanas que obtuvieron su nacionalidad por naturalización y que, por diversas razones, necesitan una copia certificada de su carta de naturalización. Si usted es un ciudadano mexicano por nacimiento, este no es el trámite que busca; su documento de nacionalidad es diferente (normalmente, un acta de nacimiento mexicana). Este proceso es exclusivo para aquellos que pasaron por el proceso de naturalización y requieren una réplica oficial de su documento original.

Requisitos Indispensables para Presentar su Solicitud

Para asegurar que su solicitud sea procesada de manera correcta y expedita, es crucial cumplir con cada uno de los requisitos y presentar la documentación de forma adecuada. A continuación, se detalla lo que necesitará:

  1. Formato de Solicitud Debidamente Llenado: Debe presentar el formato oficial de solicitud completamente cumplimentado. Este formato suele estar disponible para descarga en el sitio web de la Embajada o Consulado correspondiente. Es importante llenarlo con precisión, ya que cualquier error u omisión podría retrasar su proceso. Asegúrese de imprimir dos copias simples adicionales de este formato, además del original.
  2. Acreditación de Identidad con Documento Vigente y Fotografía: Necesitará presentar un documento de identidad oficial, vigente y con fotografía. Deberá llevar el original y dos copias simples. Las opciones aceptadas suelen ser:
    • Pasaporte mexicano.
    • Credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE) o el Instituto Nacional Electoral (INE).
    • Certificado de matrícula consular, ya sea el tradicional o el de alta seguridad.
    • Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada.

    Es fundamental que el documento de identidad esté vigente al momento de la presentación de la solicitud, ya que un documento expirado no será aceptado.

  3. Comprobante de Pago de Derechos Correspondiente: Deberá presentar el original y dos copias simples del comprobante de pago de los derechos consulares por este trámite. Es vital recordar que este pago se realiza en línea y no directamente en la Embajada o Consulado. Asegúrese de seguir el procedimiento de pago en línea indicado por la SRE, ya que un pago incorrecto o no acreditado detendrá su solicitud.

El Procedimiento Paso a Paso: Su Guía Completa para la Solicitud

El trámite de la copia certificada de su carta de naturalización se divide en tres etapas principales. Es importante seguir cada una cuidadosamente:

  1. Envío Digital de la Documentación: La primera etapa consiste en enviar copias digitales de toda la documentación requerida (formato de solicitud, identificación y comprobante de pago) en formato PDF a la dirección de correo electrónico indicada por la Embajada o Consulado. Este paso inicial permite una revisión preliminar de sus documentos y agiliza el proceso de agendamiento de su cita. Asegúrese de que los archivos sean legibles y estén completos.
  2. Confirmación de Cita y Entrega Física de Documentos: Una vez que su documentación digital ha sido revisada, recibirá un correo electrónico con la confirmación de una cita para acudir personalmente a la Embajada o Consulado. En esta cita, deberá presentar y entregar los documentos originales y las copias simples que envió digitalmente. Es su oportunidad para aclarar cualquier duda y asegurarse de que su expediente esté completo y en orden.
  3. Envío a la DGAJ y Recepción del Documento: Una vez que la Embajada o Consulado ha recibido y verificado su documentación, esta será enviada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) en la Ciudad de México para la expedición de la copia certificada. La Embajada o Consulado le contactará por correo electrónico tan pronto como reciban el documento de vuelta de la DGAJ para que pueda acudir a recogerlo. Es crucial estar atento a su correo electrónico durante esta etapa.

¿Dónde Puedes Realizar el Trámite? Circunscripciones Consulares

Este trámite tiene puntos de atención específicos en España. Es crucial que verifique cuál corresponde a su domicilio para presentar su solicitud correctamente. Este proceso únicamente se realiza en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona. A continuación, se detalla la circunscripción de cada uno:

Sede ConsularComunidades Autónomas que Cubre
Sección Consular de la Embajada de México en España (Madrid)Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco, Ceuta y Melilla. También atiende a residentes en el Principado de Andorra.
Consulado de México en BarcelonaAragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.

Asegurarse de acudir a la sede consular correcta es un paso fundamental para evitar retrasos y garantizar que su solicitud sea procesada de manera eficiente.

Costo del Trámite y Formas de Pago

El costo de la copia certificada de la carta de naturalización mexicana es una tarifa consular que debe ser cubierta en su totalidad. Es importante destacar que el pago de este trámite se realiza exclusivamente en línea. La Embajada o el Consulado no aceptan pagos en efectivo ni a través de otros medios directamente en sus instalaciones. Deberá consultar el procedimiento de pago de derechos a través de medios electrónicos que la SRE pone a disposición en su portal oficial. Asegúrese de conservar el comprobante de pago, ya que es uno de los requisitos indispensables para su solicitud.

Tiempos de Respuesta y Conclusión del Proceso

Es importante tener en cuenta los plazos para este trámite, ya que no es un proceso inmediato. La expedición de la copia certificada por parte de la DGAJ en la Ciudad de México puede tomar hasta 20 días hábiles. Adicionalmente, debe considerar el tiempo necesario para la transmisión de la documentación entre la sede consular en España y la DGAJ en México, lo cual puede tomar otros 20 días hábiles. Esto significa que el tiempo total estimado para recibir su copia certificada podría ser de aproximadamente 40 días hábiles, sin contar el tiempo de preparación de su documentación inicial y la espera de la cita.

Por lo tanto, es crucial planificar con anticipación si necesita el documento para una fecha específica. El trámite se considera concluido una vez que la copia certificada del documento es entregada a la persona solicitante en la sede consular.

Aspectos Cruciales a Considerar

Existen ciertos puntos que debe tener muy claros para evitar confusiones y expectativas erróneas sobre el proceso:

  • Facultad de la DGAJ: La atención y expedición de este documento es facultad exclusiva de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México. Esto significa que la decisión final y la emisión del documento provienen directamente de esta entidad. Usted tiene la opción de presentar su solicitud directamente ante la DGAJ en México si así lo desea, lo cual podría acelerar los tiempos si se encuentra en el país.
  • Rol de la Sección Consular: La sección consular de la Embajada o el Consulado en España funge únicamente como una ventanilla de recepción, transmisión y entrega del documento. Es decir, su papel es facilitar el envío de su solicitud a la DGAJ y la recepción de la copia certificada una vez expedida. La Embajada/Consulado no interviene en el proceso interno de la DGAJ, ni en los tiempos de expedición del documento. Su función es logística y de enlace, no de resolución.
  • Privacidad de Datos: Es importante estar informado sobre cómo se manejarán sus datos personales durante este trámite. Las instituciones mexicanas están comprometidas con la protección de su información.
  • Comunicación: Toda comunicación relevante, incluyendo la confirmación de citas y la notificación para recoger el documento, se realizará exclusivamente a través de correo electrónico. Asegúrese de proporcionar una dirección de correo válida y de revisar su bandeja de entrada (y la carpeta de spam) regularmente.

Preguntas Frecuentes (FAQ): Resolviendo Tus Dudas Más Comunes

Para clarificar algunas de las inquietudes más recurrentes sobre este trámite, hemos preparado esta sección de preguntas y respuestas:

¿Puedo realizar el pago en la Embajada?

No. Como se ha mencionado anteriormente en el apartado de costo y pago, el pago de las copias certificadas de las cartas de naturalización se realiza exclusivamente en línea. La Embajada o el Consulado no están autorizados para recibir pagos en sus instalaciones por este concepto. Deberá seguir el procedimiento indicado por la Secretaría de Relaciones Exteriores para realizar el pago electrónico antes de su cita.

Tengo dudas en el llenado del formato de solicitud ¿Qué puedo hacer?

No se preocupe si tiene alguna duda al llenar el formato de solicitud. Lo importante es que señale la información correspondiente lo mejor posible. El día de su cita en la Embajada o Consulado, se le brindará la asesoría necesaria para finalizar correctamente el llenado del formato. No es necesario que esté perfecto antes de su cita, pero sí que tenga un avance significativo para facilitar la asistencia.

Esperamos que esta guía detallada le sea de gran utilidad en el proceso de obtención de la copia certificada de su carta de naturalización mexicana. La clave del éxito en este trámite reside en la preparación minuciosa de los documentos y el seguimiento riguroso de cada paso. La Embajada de México y sus Consulados están comprometidos a ofrecerle una atención de calidad, siempre y cuando se cumplan de manera puntual y responsable los requisitos y procedimientos aquí señalados. Su opinión y valoración son importantes, por lo que siempre puede contactar a la Embajada por correo electrónico para comentarios o sugerencias.

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